El Gobierno de la Ciudad comienza a cobrar a extranjeros por el uso del hospital público

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires decidió que se cobrará a los extranjeros que utilicen los servicios de salud de los hospitales públicos, según una resolución firmada por el ministro de Salud Fernán Quirós.

De acuerdo con esta resolución, se facturará el cobro a quienes sean extranjeros y no posean un DNI argentino. Será para procedimientos programados como tomografías computadas, resonancias magnéticas, internaciones, cirugías y otras prácticas médicas de carácter no urgente.

“No aplican al presente proceso ingresos por guardia con indicación de tratamiento de emergencia/urgencia“, dice el boletín documento. Según la iniciativa, ninguna persona será privada de asistencia en situaciones críticas.

Si los extranjeros son residentes en Argentina, ya sean permanentes o temporarios, en la resolución señala que seguirán accediendo a los servicios de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos, es decir, que no tendrán costos adicionales.

PASOS QUE DEBERÁ SEGUIR UN EXTRANJERO SIN DNI ARGENTINO EN UN HOSPITAL PÚBLICO

En el documento se establece qué debe hacer una persona extranjera sin DNI argentino que tiene que concurrir a un hospital público porteño:

  • Identificar el caso: el personal administrativo del hospital verificará si el solicitante cumple con los criterios para ser considerado un paciente sin DNI argentino.
  • Derivar a la Dirección Médica: se pedirá orden médica o documentación respaldatoria y completar un formulario de solicitud de presupuesto.
  • Calcular el presupuesto: la Oficina de Gestión de Presupuesto a Extranjeros calculará el costo del procedimiento médico necesario.
  • Evaluar del pago: se notificará al solicitante el costo de la prestación. Si puede cubrirlo, se autorizará la práctica. Si no, deberá gestionar el pago a través del consulado de su país de origen. Si el consulado no cubra la prestación, un comité conformado por directores de hospitales públicos de la Ciudad evaluará el caso y decidirá si se autoriza o no el procedimiento sin costo.
  • Facturación: si la práctica es aprobada con cargo, la Facturación y Cobranzas de los Efectores Públicos (FACOEP) emitirá la factura correspondiente y la enviará al consulado o al solicitante.