Por SILVANA GIUDICI / Dirigente de Juntos por el Cambio
La República Argentina tiene un sistema federal que se ejerce, de acuerdo a los parámetros establecidos en la Constitución Nacional y no puede ser comprendido sino como una forma de división del poder para el mejor ejercicio y goce de las libertades públicas e individuales.
Nuestro Estado Federal se basa en los objetivos dispuestos por el poder constituyente originario que se plasmaron en el Preámbulo, sobre todo el referido a la unión nacional, afianzamiento de la justicia y la promoción de la paz al interior de la república. Dicha paz es garantizada, en nuestro sistema federal, por la subordinación de los ordenamientos locales al orden federal.
De otro modo no sería federalismo, se trataría de un grupo de estados que solo se unen para distribuirse coparticipación y no de un estado nacional que mantiene cierta uniformidad de su orden jurídico.
“Espinoza me pidió un millón de dólares de coima para poner un mercado, me fui a Morón”
Por eso, el artículo 5° de nuestra Ley Fundamental, establece: “Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones”. Básicamente, los derechos y las garantías constitucionales deben estar asegurados en el ordenamiento legal de cada provincia.
Esta dicho y lo repetimos, la libertad de prensa es un principio fundamental de la democracia republicana y tiene, en nuestra Constitución, una especial protección, establecida tanto en el artículo 14° como en el artículo 32° y en los Tratados sobre Derechos Humanos incorporados en el art. 75 inciso 22. Por ende, las provincias no pueden poner en debate semejante cuestión, sin vulnerar la Ley Suprema.
El gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, inició esta semana un proceso de reforma constitucional en su provincia, y llamó a la Convención que llevará a cabo dichas modificaciones a “debatir sobre libertad de expresión y gobernanza. Muy lejos estamos de censurar, pero debemos defender el respeto y la verdad, y en ese sentido creemos oportuno vincular la tarea periodística con la gobernanza”, expresó, y se dirigió a los medios diciendo que deben ser: “Conscientes de su papel en la formación de la opinión pública y en el debate constructivo, sabiendo las graves consecuencias de transmitir mensajes sesgados, malintencionados o injuriantes, al sembrar odio y noticias falsas”.
Resulta grave que se impulse una reforma constitucional motivada en la limitación a la libertad de expresión, fundamento de la democracia, fundamento de las libertades.
Los dichos de Quintela son de enorme gravedad institucional, aunque consistentes con sus ideas reiteradamente expresadas, relacionadas con el control de los medios, en muchos casos y como el mismo ha indicado, mediante la presión de la pauta publicitaria oficial. No es ocioso que en los registros de la Fundación LED, sea uno de los mandatarios provinciales que ha recibido más objeciones en lo referente a su manejo del vínculo con los medios de comunicación.
Cuando el mandatario se refiere a “la verdad”, es a todas luces evidente que pretende que los medios publiquen “su verdad” o su versión de los acontecimientos que lo involucran y a su gobierno. Cuando menciona la supuesta mala intención y difusión de noticias falsas, lo que pretende es cercenar la libertad de opinión, las investigaciones periodísticas sobre su gestión, y por otro lado, determinar que información es falsa y cual no, para dirigir a la opinión pública.
Reiteramos, no se puede limitar de esa forma la libertad de expresión.
Sin embargo, la vocación autoritaria de Quintela, necesariamente va a encontrar un límite. Como dice el transcripto artículo 5° de la Constitución Nacional, las provincias pueden darse su propio ordenamiento constitucional, pero el mismo debe ser bajo los principios de la Ley Suprema de la Nación. Si la nueva Carta Magna riojana, cercena la libertad de prensa o expresión, puede entrar en la paradoja de transformarse en una Constitución inconstitucional.
Si así ocurriese, será la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien determine la consistencia entre la nueva Constitución de La Rioja y la Constitución Nacional, y si existen normas que vayan en contra del ordenamiento nacional, será declarada inconstitucional.
Detrás de ello, seguramente vendrá una reedición del tan actual debate entre el gobierno central y los provinciales, donde algunos gobernadores culpan “al puerto” de todos sus males y de interferir en las autonomías provinciales dejando de lado que en realidad limitan las libertades esenciales de las personas. Una vez más: el nuestro es un país federal, pero federalismo significa que las provincias no hacen lo que quieren sino que deben subordinarse a la Constitución Nacional, de la que, la Corte Suprema de Justicia, es la última y mayor intérprete.
Habrá que estar muy atentos, como lo hicimos cuando el Gobernador Insfrán intentó bloquear el acceso de periodistas de medios nacionales a Formosa en plena pandemia, presentándonos ante la Corte Suprema. Será allí donde se le podrá poner límites al espíritu censurador de Quintela. Ningún gobernador, por años que lleve en el poder, puede interferir sobre las libertades ciudadanas.