El Gobierno de la Ciudad presentó el Presupuesto 2022 en la Legislatura con aumentos impositivos pero también nuevas exenciones para contribuyentes que cumplen a término con los pagos o directamente los anticipan.
ABL
- Pago anticipado: Quienes opten por el pago anual cancelarán completamente el impuesto y ya no se verán alcanzados por la actualización mensual del mismo durante 2022.
- Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2021. Se aplicará sobre cada una de las cuotas mensuales del año 2022, pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, partidas correctamente titularizadas y que no registren deuda vencida.
- Débito Automático: Bonifica el 100% de la última cuota (Cuota 12) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/06/2022. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y partidas correctamente titularizadas.
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PATENTES
- Pago anticipado: Descuento del 10%.
- Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2021.Se aplicará sobre cada una de las cuotas bimestrales del año 2022 pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, dominios correctamente titularizados y que no registren deuda vencida.
- Débito automático: Bonifica el 50% de la última cuota bimestral (Cuota 6) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/06/2022. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y dominios correctamente titularizados.
NOVEDADES 2022 PARA ABL Y PATENTES
Con motivo de las restricciones ocasionadas por la pandemia y por la caída en la actividad económica, durante el año 2020 muchos contribuyentes no pudieron hacer frente a sus obligaciones tributarias.
Aquellos que, además, eran buenos cumplidores, dejaron de percibir las correspondientes bonificaciones.
En ese sentido, a partir de ahora se le brindará la oportunidad de acceder a una bonificación del 5% a los contribuyentes que durante 2022 paguen en término el ABL y la Patente, independientemente de su comportamiento tributario anterior.
- Bonificación por pago a término: 5% de descuento para personas humanas que paguen las cuotas de 2022 hasta la fecha de vencimiento.
- Recargo por pago fuera de término: 5% de recargo en cada cuota, más los intereses resarcitorios correspondientes hasta la fecha de pago.
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EXENCIONES IMPOSITIVAS
Se seguirán manteniendo las siguientes exenciones que estuvieron vigentes durante 2021. Entre las principales se encuentran:
- Exención total o parcial de ABL para Jubilados y Pensionados según lo previsto por la legislación.
- Exención para Personas con Discapacidad (ABL y Patentes) según lo previsto por la legislación.
- Exención de Ingresos Brutos para el primer emprendimiento con dos empleados: 100% de beneficio para el primer año y 50% para el segundo.
- Exención de Ingresos Brutos de pleno derecho para profesiones liberales universitarias, actividades didácticas y/o pedagógicas, y actividades artísticas y/o culturales entre otras.
- Exenciones diversas para las empresas que se instalen en los Distritos Tecnológico, Audiovisual, de Diseño, del Deporte, de las Artes y del Vino.
Para el 2022, se agregarán al grupo previamente mencionado, dos nuevas exenciones:
- Exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los jardines maternales.
Refiere a aquellos establecimientos destinados a la atención integral de la población infantil desde los 45 días de edad hasta los cuatro años inclusive.
- Exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante el primer año a los nuevos inscriptos en la Categoría Régimen Simplificado.
Además, se establece una exención del 50% durante el segundo año. Entre los beneficiados por esta medida se encuentran personas físicas que facturen hasta $2.600.000 al año. Esta exención les permitirá ahorrar hasta $78.000 anuales o $13.000 bimestrales.