La Legislatura porteña aprobó la adhesión de la Ciudad a la Ley de “Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados”. Así fija un marco regulatorio para el acceso informado y seguro, la investigación, el uso científico y la producción pública del cannabis y sus derivados como recurso terapéutico en el ámbito de la Ciudad.
“Este Gobierno Nacional avanzó en una nueva reglamentación que amplía derechos. Se ha mejorado y dado una normativa que, en consonancia con la adhesión de la Ciudad, va a garantizar el acceso efectivo a tratamientos de salud para las personas que lo necesiten”, sostuvo la legisladora del Frente de Todos María Rosa Muiños, una de las principales impulsoras de la Ley aprobada por unanimidad.

“La Ley local establece los marcos legales para garantizar la investigación. Así se afianzan y mejoran los tratamientos hasta hoy conocidos. Es una Ley de consenso que da respuestas concretas a organizaciones y a un montón de mamás que tratan de darle una mejor vida a sus hijos que padecen enfermedades tratables con cannabis”, expresó Muiños.
“Queremos que la Ciudad garantice el derecho a la salud en lugar de criminalizar la utilización de cannabis con fines medicinales. En los últimos años, tanto la ciencia como la medicina, han comenzado a divulgar sus efectos positivos para determinadas dolencias, epilepsia refractaria, espasticidad y espasmos dolorosos en esclerosis múltiple, reducción de náuseas y vómitos. Este es un paso esencial, pero es el primero. Necesitamos llegar a más consensos para lograr una Ley todavía mejor”, indicó la Vicepresidenta II de la Legislatura.
La normativa dispone que el Ministerio de Salud porteño, en tanto autoridad de aplicación, promoverá “la investigación y capacitación de la siembra. También impulsará estudios e investigaciones clínicas para profundizar conocimientos y crear nuevos saberes”. Contará con la participación de asociaciones civiles, entes estatales como hospitales públicos y universidades, y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Respecto del cultivo, la Ley indica que “todo paciente o representante legal, tutor o curador de paciente está habilitado a sembrar, cultivar o guardar cannabis en las cantidades y formas que determine la legislación vigente. El Ministerio de Salud deberá previamente autorizar y establecer mecanismos de aprobación, tanto en la normativa sobre el cultivo como en el aceite producido. A tal fin, se solicitará al INTA y a la ANMAT las colaboraciones técnicas correspondientes”.
Asimismo, se creará el “Consejo asesor de políticas relacionadas al cannabis”, conformado por representantes de asociaciones civiles especializadas, representantes de los usuarios, profesionales e investigadores de universidades.