El Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó en su último plenario la modificación del artículo 1.4 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial (Resolución N° 152/1999), a partir de un proyecto impulsado por el consejero Marcelo Meis.

La iniciativa tiene como objetivo agilizar el cobro de cuotas alimentarias y honorarios profesionales durante la feria judicial, sin la necesidad de requerir habilitación judicial específica. De esta manera, se priorizan asuntos urgentes que impactan directamente en la vida de las personas y en la labor de los profesionales del derecho.
Con la modificación aprobada, se establece que los pagos y transferencias de sumas depositadas en cuentas oficiales a la orden de los juzgados —relacionadas con cuotas alimentarias y honorarios profesionales— serán considerados asuntos que no admiten demora, siempre que las órdenes estén firmes o consentidas dentro del período judicial hábil previo.
“Con esta modificación damos un paso importante para garantizar el acceso efectivo a la Justicia. Las cuotas alimentarias no pueden esperar, y los abogados merecen percibir sus honorarios sin dilaciones, incluso durante la feria judicial”, expresó el consejero Marcelo Meis, impulsor del proyecto.
Además, destacó: “Esta medida reconoce la urgencia de determinados casos y otorga previsibilidad tanto a las familias que dependen de estos pagos como a los profesionales que continúan trabajando durante el receso”.
Finalmente, remarcó: “Asegurar que los pagos se efectúen sin demoras es una medida que promueve la justicia, el acceso a los derechos de los clientes, y la estabilidad de los profesionales del derecho. Esta decisión reafirma el compromiso con un sistema judicial más justo y equitativo; una Justicia que esté al servicio de las personas y no de los tiempos administrativos”.