Las reprogramaciones de los viajes de turismo estudiantil deberán realizarse en un plazo de 12 meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación. Deberán respetar la estacionalidad, calidad y valores convenidos en las cláusulas pactadas de los contratos originales.
Con el objetivo de que los alumnos tengan un cierre del ciclo escolar, las agencias estarán obligadas a presentar al menos dos fechas e itinerarios alternativos para la realización de los viajes. Eso deberán ser en un plazo máximo de 60 días corridos desde el levantamiento de las medidas restrictivas de circulación de la población.
A instancias del pedido mayoritario de las familias, los turistas dispondrán de 30 días para elegir una de las dos opciones de viaje presentadas por las agencias. De no ser así, podrán solicitar el reintegro de lo abonado por los servicios contratados. En ese caso, y sujeto al modelo de contrato de turismo estudiantil confeccionado en 2014, las agencias de viajes podrán retener hasta un 25% del precio de los viajes ya abonados. De solicitar el reintegro, la devolución de lo pagado podrá hacerse hasta en dos cuotas mensuales y consecutivas. La primera efectiva a los 30 días de la solicitud por parte del usuario.